Tope imponible para cotizaciones obligatorias sube a 79,3 UF

Tope imponible para las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP sube a 79,3 UF

La Superintendencia de Pensiones (SP) indico que desde hoy el nuevo tope imponible mensual para el calculo de las cotizaciones obligatorias del sistema de salud, de AFP, y de la ley de accidentes del trabajo será de 79,3 UF para este 2019. El 2018 el valor aplicado fue de 78,3 UF.

Además, para realizar el calculo de las cotizaciones del Seguro de Cesantía durante este 2019 el tope imponible mensual será de 119 UF, valor que en el año anterior fue de 117,5 UF.

La legislación establece que ambos montos deben reajustarse de forma anual cuando el Índice de Remuneraciones Reales, que entrega el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), registre variaciones positivas durante el año pasado. En el período noviembre de 2017 a noviembre de 2018 dicho índice aumentó un 1,3%.

La Superintendencia de Pensiones reitera que los nuevos topes imponibles deben aplicarse a partir del pago de las cotizaciones obligatorias correspondientes a las remuneraciones de enero de este año. Dichas cotizaciones deben pagarse hasta el 11 de febrero de 2019, plazo que se extiende hasta el 13 del Febrero si la operación se realiza por medios electrónicos.

En febrero de 2019 el INE publicará el valor final de la variación del Índice de Remuneraciones Reales del período noviembre de 2017 a noviembre de 2018. En caso que la variación sea distinta de 1,3%, la Superintendencia de Pensiones deberá indicar un nuevo valor para los topes imponibles que se aplicaran para el cálculo de las cotizaciones obligatorias.